https://www.google.com.co/search?q=proceso+laboral+ordinario&espv=2&tbm=isch&imgil=SrvJb2JqqsRKeM%253A%253BRLICaKAmGXz-gM%253Bhttp%25253A%25252F%25252Fes.slideshare.net%25252Fcarlitoandre%25252Fley-29497-pocesos-laborales&source=iu&pf=m&fir=SrvJb2JqqsRKeM%253A%252CRLICaKAmGXz-gM%252C_&usg=__T3v3Tld_07gwbZQLVugakNrdqf0%3D&biw=1280&bih=675&ved=0ahUKEwjWw6KbkqvMAhVMLSYKHQjLB54QyjcILQ&ei=B8MeV5akHMzamAGIlp_wCQ#imgdii=wuhnVllkUhmvwM%3A%3BwuhnVllkUhmvwM%3A%3BJFZsI34p-K3P8M%3A&imgrc=wuhnVllkUhmvwM%3ª
lunes, 25 de abril de 2016
RIESGOS LABORALES ¿QUE SON ? ¿COMO FUNCIONAN?
Definición
“Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan”. (Colombia, 2012)
¿Qué es un accidente de trabajo?
Es todo suceso repentino, como caídas, cortadas, golpes y otros, que ocurre por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. (FASECOLDA, s.f)
¿Qué es una enfermedad laboral?
Se considera enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que la persona se ha visto obligado a trabajar.
Entidades autorizadas para administrar el Sistema de Riesgos Laborales
Sólo podrá ser administrado por las entidades aseguradoras de vida que obtengan autorización de la Superintendencia Financiera para la comercialización del ramo de seguro de riesgos laborales, también denominadas Administradoras de Riesgos Laborales, ARL.
Funciones ARL
* La afiliación de los trabajadores al Sistema de Riesgos Laborales.
* El recaudo a través de la PILA, Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, y el control de la correcta autoliquidación y pago.
* Garantizar a sus afiliados la prestación de los servicios asistenciales de salud a que tienen derecho.
* Garantizar a sus afiliados el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones económicas.
* Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de Riesgos Laborales.
* Promover y divulgar programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial.
¿Qué cubre la ARL?
Los trabajadores afiliados que sufran accidentes o enfermedades laborales, tienen derecho al reconocimiento y pago de dos tipos de beneficios:
* Servicios asistenciales: Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica, hospitalización, tratamiento, rehabilitaciones, etc.
* Prestaciones económicas: Subsidio por incapacidad temporal, Indemnización por incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes y Auxilio funerario.
“Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan”. (Colombia, 2012)
¿Qué es un accidente de trabajo?
Es todo suceso repentino, como caídas, cortadas, golpes y otros, que ocurre por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. (FASECOLDA, s.f)
¿Qué es una enfermedad laboral?
Se considera enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que la persona se ha visto obligado a trabajar.
Entidades autorizadas para administrar el Sistema de Riesgos Laborales
Sólo podrá ser administrado por las entidades aseguradoras de vida que obtengan autorización de la Superintendencia Financiera para la comercialización del ramo de seguro de riesgos laborales, también denominadas Administradoras de Riesgos Laborales, ARL.
Funciones ARL
* La afiliación de los trabajadores al Sistema de Riesgos Laborales.
* El recaudo a través de la PILA, Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, y el control de la correcta autoliquidación y pago.
* Garantizar a sus afiliados la prestación de los servicios asistenciales de salud a que tienen derecho.
* Garantizar a sus afiliados el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones económicas.
* Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de Riesgos Laborales.
* Promover y divulgar programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial.
¿Qué cubre la ARL?
Los trabajadores afiliados que sufran accidentes o enfermedades laborales, tienen derecho al reconocimiento y pago de dos tipos de beneficios:
* Servicios asistenciales: Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica, hospitalización, tratamiento, rehabilitaciones, etc.
* Prestaciones económicas: Subsidio por incapacidad temporal, Indemnización por incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes y Auxilio funerario.
jueves, 21 de abril de 2016
lunes, 11 de abril de 2016
PACTO COLECTIVO EN COLOMBIA
Según
lo publicado en el TIEMPO el 3 de julio del 2014 y de acuerdo con la Escuela Nacional Sindical (ENS), se trata de
"una acción sin precedentes".
En el 2013 se firmaron 204 pactos, 63 de estos
por primera vez en las empresas, lo que para la ENS evidencia la popularidad
que han ganado como mecanismo empresarial para debilitar y arrinconar a los
sindicatos.
Un pacto colectivo es un
acuerdo negociado entre las empresas y los trabajadores no afiliados a los
sindicatos, por lo que sus efectos solo cobijan a quienes lo suscriban o se
adhieran a él; la Organización Internacional del Trabajo (OIT) le ha
recomendado al Gobierno que prohíba la celebración de dichos pactos cuando
exista un sindicato.
Lo que podemos evidenciar, es que en muchas oportunidades los
pactos colectivos son utilizados con doble fin, es más para el convenio propio
del empleador, que de los mismos colaboradores.
Es por esta razón que muchos miembros de diferentes sindicatos
no aprueban el pacto colectivo, ya que se sienten violentados y temen que la
conformación de dichos sindicatos acabe, debido a la constante presión por
parte de miembros de empleadores.
domingo, 10 de abril de 2016
VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL PACTO COLECTIVO
Vigencia:
Su vigencia sera por un periodo de 12 meses desde el momento
que se firme el pacto
Requisitos
·
El pacto colectivo deberá celebrarse por escrito.
·
Depositarse en el Ministerio de Trabajo dentro de los
15 días a su firma.
·
Debe extenderse en tantos ejemplares cuanto sean las partes.
Si no se da
cumplimiento de estos requisitos el pacto colectivo no produce efecto.
Ventajas
·
Otorgar mejores beneficios a los afiliados del pacto
colectivo que a los beneficiarios de la convención colectiva.
·
No pertenecer a sindicato.
·
Da beneficios a los no sindicalizados para desmotivar la
afiliación a los sindicatos.
Desventajas
·
Atentan contra el derecho de asociación y libertad de
sindicato.
http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/file.php/233/Documentos/DERECHO_A_LA_NEGOCIACION_COLECTIVA.pdf
http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/file.php/233/Documentos/DERECHO_A_LA_NEGOCIACION_COLECTIVA.pdf
BENEFICIOS DE EMPLEADOS CON EL PACTO COLECTIVO
Con el pacto colectivo los empleados pueden
obtener beneficios como por ejemplo:
A nivel de impacto Familiar
- Prima de navidad
- Auxilio de maternidad
- Auxilio matrimonio
- Auxilio por muerte de empleado
- Auxilio por muerte de familiar de empleado
·
Auxilio de anteojos
·
Fondo de apoyo a la salud
A nivel de impacto a la educación
·
Kitts escolares
A nivel de bienestar
·
Prima regreso de vacaciones
·
Día de cumpleaños
Suscribirse a:
Entradas (Atom)